martes, 7 de septiembre de 2010

LA LEY DEL TAXI

Nuestras asociaciones ya han recibido el borrador de la ley que nos va a regular.

Viene incluida en la Ley de Movilidad, proyecto que pretende triplicar el uso del transporte público.

Limita el número de licencias, a una por titular.

A destacar:

Art. 47. 2 y 4 Autorizaciones de taxi.


Las autorizaciones se otorgarán exclusivamente a las personas físicas que reúnan los requisitos exigidos por la presente ley.

Con carácter general cada persona será titular de una única autorización. Reglamentariamente se determinarán las condiciones de acumulación de más de una autorización en un solo titular, exclusivamente en las áreas de prestación conjunta, y que no podrán exceder del 16% del total de autorizaciones en dicha área.


Especifica la prohibición del alquiler de licencias, así como la cesión de su explotación o traspaso.

Art. 53.1. f Extinción.

Las autorizaciones para la prestación del servicio de taxi se extinguen por la concurrencia de alguna de las siguientes causas:

Por el arrendamiento, cesión o traspaso de la explotación de las autorizaciones y de los vehículos afectos a las mismas.

Queda abierto el plazo para presentación de alegaciones por parte de nuestros asociaciones, esto no nos tiene que preocupar, ya que entendemos que nuestras asociaciones velan por los intereses de los autónomos, al menos todas, menos la Empresarial, ¿o si nos tenemos que preocupar?.

Como toda ley quedará a falta de su reglamento, que no será menos preocupante que la ley, de momento podemos estar tranquilos ya que la ley esta pensada para el autónomo, persona física, no da cabida a las personas jurídicas.

2 comentarios:

  1. Se cumplirá? ¿Quién vigilará? ¿Con que métodos? ¿Con artículos desprestigiantes en prensa?

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  2. Supongo que si TODAS nuestras asociaciones se preocupasen de que se cumpliese, no haría falta que nadie alzase la voz públicamente.

    ¿Como se hacen con las licencias en alquiler, quienes se las hacen llegar?

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